Higuera Farms, Inc., Caso No. 9:19-bk-11789-RC
Big F Company, Inc., Caso No. 9:20-bk-10860-RC
La Cuesta Farming Company, Inc., Caso No. 9:19-bk-10992-RC
Luis Morales-Garcia, et al. v. Higuera Farms, Inc., et al. Caso No. 2:18-cv-05118-SVW-JPR
Corte de Bancarrota de los Estados Unidos para el Distrito Central de California, División del Norte

Demandantes Luis Morales García, Benito Pérez Reyes, César Jiménez Mendoza, Gabriela Rendón-Vásquez y Juana Velasco-Torres (“Los Demandantes”) presentaron la demanda en la Acción Salarial en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de California Central en 2018, alegando una violación de las leyes laborales, incluyendo la falta de pago de todo el tiempo compensable; falta de pago del salario mínimo o de horas extras; falta de pago a los trabajadores domésticos en el Tasa Salarial de Efectos Adversos cuando realizaron trabajos correspondientes a H-2A trabajadores; falta de reembolso de gastos relacionados con el trabajo; y violación de H-2A contratos y regulaciones sobre alimentación y condiciones de vida.

Los Demandantes hicieron valer estos reclamos en nombre de ellos mismos y en nombre de todos trabajadores en situación similar en las campañas de fresa de 2016 y 2017.

Las empresas demandadas Higuera Farms, Inc.; Big F Company, Inc.; y La Cuesta Farming Company, Inc. (“los Demandados”) se declararon en bancarrota, tipo Capítulo 7. El Tribunal de Bancarrotas de los Estados Unidos para el Distrito de California Central nombró a Jeremy Faith como fideicomisario (“el Fidecomiso”) para liquidar los activos de cada empresa y pagar todos de los acreedores de las empresas con los fondos disponibles. Los demandantes presentaron reclamos oportunas basadas en la Acción Salarial en el Tribunal de Bancarrotas.

Los Demandantes y el Fideicomisario llegaron a un acuerdo (“el Acuerdo”) para resolver los Reclamos de los demandantes.

Sus Derechos y Opciones Legales
Presentar un Reclamo Para Recibir Compensación

Si usted es miembro de una o más de las clases, puede presentar un reclamo por el Internet aquí. Si el Tribunal aprueba este Acuerdo, entonces el Administrador del Acuerdo dividirá los Fondos de la Clase entre aquellos que habrán presentado sus reclamos, en proporción al número de días trabajados en cada empresa. Hay que recibir todos los reclamos antes del 25 de abril del 2025.

Hacer Objección al Acuerdo

Puede solicitar al Tribunal que rechace el Acuerdo enviando una objección por escrito al Administrador del Acuerdo. La objección escrita debe contener su nombre, el nombre de este caso y el motivo de su objeción, y debe ser recibido por el Administrador antes del 15 de diciembre del 2024. Usted también puede aparecer ante el tribunal usted mismo o mediante un abogado.

Excluirse del Acuerdo

Puede excluirse (optar por no participar) de la clase y del Acuerdo enviando una solicitud por escrito al Administrador del Acuerdo. La solicitud debe contener su nombre, el nombre de este caso y las palabras “Solicito ser excluido.” La solicitud debe ser recibida por el Administrador antes del 15 de diciembre del 2024.

Fechas Importantes Próximas

El fin de plazo para optar por no participar

12/15/2024

El fin de plazo de objeción

12/15/2024

Audiencia de Aprobación Final

2/25/2025

El fin de plazo para reclamar

4/25/2025